La Constituyente de Chile, basada en la reposición del plebiscito dictatorial y la mayoría simulada
Por Carlos Sánchez Berzaín (*)
El proceso constituyente chileno se produce por hechos de violencia que llevaron al gobierno al “acuerdo por la paz y la nueva constitución” que pactó una acelerada reforma constitucional en la que se repuso el “plebiscito” que había sido derogado por la reforma constitucional del Presidente Lagos. En el plebiscito del 25 de octubre de 2020 solo votaron el 50,95% de los inscritos y el resultado fue presentado como un “78,28% de la población” o “la “abrumadora mayoría de chilenos”, cuando en verdad es el 39,61% del electorado chileno. Así, la constituyente de Chile está basada en presión violenta, la reposición del plebiscito de la “constitución de Pinochet” y una minoría de votos convertida en mayoría simulada.
El estudio del proceso por el que Chile avanza hacia una Asamblea Constituyente cuyos miembros serán elegidos el próximo 11 de abril, ofrece datos preocupantes respecto a la repetición de la figura y metodología de “constituyentes” usadas exitosamente en Venezuela, Bolivia y Ecuador para quebrar el orden institucional y llevar a los pueblos a situaciones de crisis mayores a las que se dijo pretendió evitar.
Con la construcción del movimiento populista bolivariano que se extendió como socialismo del siglo XXI, hoy castrochavismo, luego de la llegada de Hugo Chávez al poder en 1999 y su alianza con Fidel Castro, el uso de las asambleas constituyentes es su método. Chávez que juró sobre una “moribunda constitución”, llevó a Venezuela a un proceso constituyente el mismo año 1999. Chávez perdió el referéndum constitucional de 2007 y Nicolás Maduro estableció una nueva constituyente el año 2017 en la que participaron bajo presión solo el 41,53% de los votantes inscritos con resultados cuya manipulación se discute hasta ahora.
En Bolivia bajo el mismo sistema, luego del derrocamiento de octubre 2003 pactaron la “agenda de octubre” con la convocatoria a asamblea constituyente para lo que falsificaron mediante Ley 2631 la introducción de la figura de asamblea constituyente (expresamente prohibida) en una reforma constitucional que solo permitía la reforma parcial. Evo Morales convocó a constituyente y luego de perseguir, masacrar y exiliar, cambió el contenido del proyecto de constitución de su inválida asamblea constituyente con ley 3941, realizó referéndum con votación manipulada, suplantó la República de Bolivia y estableció el “estado plurinacional” que es hoy una dictadura electoralista.
Para las elecciones de Ecuador 2006 el candidato Rafael Correa –igual que Chávez en el 2009- propuso asamblea constituyente. Realizó un plebiscito con el nombre de consulta popular el 15 de abril de 2007 que presentó como aprobado por el 81,72% de votos que tomando en cuenta los votantes inscritos solo representaba cerca del 50%. Para aprobar la nueva constitución hizo referéndum el 28 de septiembre de 2008 que presentó como aprobatorio por el 63,93% cuando en verdad respecto número de inscritos y no solo de votantes resulta menos del 48%.
La constante en los plebiscitos, referéndums, elecciones y votaciones en general del castrochavismo es “construir mayorías absolutas a partir de minorías relativas”, mediante la simple falacia de ofrecer como resultados finales porcentajes sobre los votos válidos y no sobre el numero e inscritos que constituye el padrón electoral. Extrañamente se ha repetido en Chile con los datos del plebiscito de 25 de Octubre de 2020, presentados oficialmente y reproducidos por ejemplo por El País como “78% de los ciudadanos vota a favor…” o por la BBC “el resultado fue un abrumador 78% de la población votó…”
Mas allá del motivo para tener constituyente en Chile que es en si mismo objeto de un análisis específico, el método para llegar a la constituyente es importante pues se basa en una reforma constitucional acelerada mediante Ley 21.200 publicada el 24 de diciembre de 2019 que repone el “plebiscito” que figuraba en la constitución denominada de Pinochet y que se había abrogado por Ley de Reforma Constitucional 20050 promulgada el 18 de Agosto de 2005 por el Presidente Ricardo Lagos. La ley 20050 en 54 artículos determina centenas reformas incluyendo la derogatoria del “articulo final” referido al plebiscito.
No se diga que la mayoría del pueblo de Chile ha decidido por una asamblea constituyente porque solo el 39,61% de los votantes inscritos lo ha hecho. Quedan las dudas sobre la legalidad del proceso constituyente de Chile, porque legitimidad no tiene con ese porcentaje. Queda la impresión de la repetición de la metodología castrochavista aplicada en Venezuela, Ecuador y Bolivia de “simular mayorías absolutas manipulando cifras de minorías”.
(*) Carlos Sánchez Berzaín es abogado constitucionalista, politólogo, 5 veces ministro de Estado en Bolivia, y actual Director Ejecutivo del Interamerican Institute for Democracy.